Un marco regulatorio de accidentes

ucional un articulo de
la norma anterior.
El pedido, segfm anunci6 el
vicepresidente de Fadeeac, Marcelo
Mugas, se hizo efectivo ante
las demoras del Poder Ejecutivo,
que tiene deeds hace mas de dos
meses un borrador redactado, pero
no concrete su envio al Congreso
para que sea debatido, mientras
que en los tribunales comienzan a
acurnularse demandas civiles contra
las empresas.
La Corte Suprema de Justicia declaro
inconstitucional en septiem.
bre Ultimo el articulo 39 de la ley
de accidentes de trabajo (24.557/96),
que impedia a los trabajadores, en
case de sufrir un accidente taboret,
reclamar ante los tribunales una
indemnizacien mayor qua la Nada
por el sistema de Aseguradoras
de Riesgos del Trabajo, pare el que
existian topes prefijados.
El fall° dejO desde hace 10 meses
sin marco legal a la siniestralidad
taboret, un area extremadamente
sensible en un sector came el del
transporte de cargas, en el que los
accidentes de transit° y algunas en
fermedades inherentes al manejo
generan habituates confides de
salud para el trabajador.
«Le hemos solicited° una audiencia
organic al ministro porque los
mesas pasan, estamos en una actividad
de mucho riesgo, y nos encontramos
con que un accidentado
cobra su indemnizacien de la ART
y despues le hace juicio a la empresa.
Hay montos de indemnizacion
que, en el caso de las pymes, pueden
costar ma s taros que la empresa
entera», asegure Mugas.
Para Mugas es precise que el Gobierno
«resuelva este vacio legal
con un nuevo proyecto que muestre
un equilibrio razonable pare todas
las partes, porque asi como estamos
hay la situation no es buena para
nadie, ni pare el empleador ni para
el trabajador».
El polemic° fallo dieted°, por la
Corte en septiembre establecia que
las ART deben seguir otorgando
sass prestaciones, y por ende abonar
las indemnizaciones que marca
la bit pore en los casos en que la
Justicia determine una suma su’
perior a los topes, serail los empleadores
quienes deben afrontar
la diferencia.
«Lo que estarnos proponiendo es
modificar el regimen actual, para.
adecuarlo al fallo de la Corte Suprema
de Justicia, pero a la vez dendoles
seguridad a los ernpleadores,
y muda certidumbre anon tema
tan vital», afirma el abogado loboralista
Lucia Zemborain.
El tetrad°, que es asesor juridic°
de Fadeeac, de la Camara de Empreseries
del Autotransporte de Cargas
(CEAC) y de la Camara Argentina
de Saneamiento Ambiental (Cade
sa), advirtio qua, si no se cornge
este vacio legal, «se va a fomenter
el renacimiento de la industria del
juicio». Para el tetrad° es necesario
que se vuelva a implanter un
sistema «de option con renuncia,
en el queel trabajador puede optar
cobrar de la ART o hacer juicio a la
empresa, pero que una opciiin excluya
a la otra, porque actualmente
estamos asistiendo a un sistema de
dale indemnizacien».
Destace que Fadeeac pide, edemas,
modificar los actuates topes
indemnizatorios pare llevarlos «a
un regimen similar al que fija la
Camara de Apelaciones del Trabajo»
a traves de un fallo anterior
con lo cual «se reduciria el
‘lamer° de demandas, porque nadie
va a litigar pare que le paguen
en un juicio to mismo qua la ART
sin el juicio».
«Estamos ante un recruclecimiento
de la industria del juicio», insistiO
Zemborain, al tiempo que consider°.
necesario ‘lever «un control
estadistico de la siniestralidad laborer,
pare evitar la practice actual.
en la que un mismo trabajador «dernande
a diferentes empresas per
la misma incapacideue dice el borrador que no llega al Congreso
El borrador elaborado por el Ministerio
de Trabajo, gue fue enviado en abril
timo a la Presidencia pare su analisis y
posterior envio al Congreso, contempla,
entre otros, los siguientes items.
Die unifican las leyes de Higiene y
Seguridad en el Trabajo (19.587) y la
de Riesgos del Trabajo (24.557) en un
mnico proyecto de ley.
0 Para reclamar indemnizaciones el
empleado debera aptar entre cobrar
directamente de la ART o emprender
la cable civil en la Justicia. Una option
soda excluyente de la otra.
0Las indemnizaciones se incrementan
en funsion de formulas que se utilizan en
la justicia civil (Camara de Apelaciones
del Trabajo).
0 Responsabiliza al empieador
principal por actos de contratistas y
subcontratistas, aun coon do no realises
tareas especificas dents de su
establecimiento.
O Estipula nuevas inspecciones 00
materia de salad y seguridad en el
trabajo, en base al Convenio 81 de
la Organization Internacional del
Trabajo It IT).