La provincia de Santa Fe estableció las nuevas medidas para ingresar a su territorio para diversas actividades, de las que el transporte quedó exceptuado.
En el caso de personas vinculadas con estas tareas serán sometidos a test análogos.
El decreto 647/2020 estableció las nuevas medidas dispuestas para el ingreso al territorio provincial de Santa Fe, desde las 0 horas del lunes 27 de julio del 2020, según informó la Federación de Transportadores Argentinos (Fetra).
En este sentido, se determina que aquellas personas que no sean residentes de la provincia de Santa Fe, provengan de zonas con circulación local de Coronavirus, no realicen actividades exceptuadas y deban ingresar a la provincia, tendrán que presentar el resultado de un hisopado o testeo de Covid 19 negativo con una antigüedad no mayor a 72horas.
Las zonas determinadas con circulación local de coronavirus y con medidas de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) son determinadas por el Ministerio de Salud de la Nación, según el detalle que se incluyó en este link.
A su vez, las actividades exceptuadas a la fecha son: transporte (automotor de cargas y pasajeros, aerocomercial, fluvial y ferroviario); personal de salud; personal especializado de mano de obra única (ingenieros, técnicos, entre otros); casos especiales inherentes a la salud personal; personal de seguridad – fuerzas federales, y minería.
En el caso de personas vinculadas con estas tareas serán sometidos a test análogos, realizados por el personal sanitario responsable. Además deberán contar con la Declaración Jurada de Salud, realizada desde la aplicación (Covid19 Provincia de Santa Fe) o la página web provincial.
Asimismo, toda persona que realice un viaje interprovincial deberá tener la aplicación Covid19 Provincia de Santa Fe, siendo residente o no, de la provincia. Ante consultas sanitarias deberán comunicarse al 0800 555 6549 durante las 24hs, y por consultas de transporte podrán hacerlo al 0800 777 0810 de lunes a viernes de 8 a 14 hs.
Por último, recordamos que las medidas de aislamiento y no sociabilización continúan vigentes de acuerdo a lo dispuesto por el decreto 543/20.