La cantidad de calles de esa área porteña por donde se prohibirá la circulación de automotores se multiplicará por tres.
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Las cuadras del Microcentro de la Ciudad de Buenos Aires por donde no podrán circular automotores en días hábiles y en horarios laborables se multiplicarán por tres, mediante una aplicación gradual que se iniciará el primero de abril de 2018 y concluirá en julio de 2019.
Desde hace 40 años, la veda vehicular rigió dentro del polígono formado por Leandro Alem, Viamonte, Carlos Pellegrini y Avenida de Mayo, hasta el bajo.
Por la ley sancionada la semana pasada esa zona se extenderá incorporando los alrededores de Tribunales (el área entre Avenida de Mayo, Cerrito, Córdoba y Montevideo) y ampliando el microcentro hacia el sur (casco histórico), hasta Belgrano, entre Paseo Colón y Bernardo de Yrigoyen; y al norte, hasta Santa Fe.
La iniciativa fue presentada por la diputada Cristina García, acordada con la Secretaría de Transporte del Gobierno de la Ciudad. Se analizó en varias reuniones de comisiones en las que se escucharon las críticas y puntos de vista de comerciantes y vecinos afectados, con funcionarias de Tránsito y Transporte de la CABA. Obtuvo dictamen conjunto de las comisiones de Tránsito y Transporte y de Desarrollo Económico.
Se creará un registro para los vehículos autorizados a circular (Rebac) y, en algunos casos, se cobrará un canon, siempre con carácter restrictivo en cuanto a la circulación. En ese nuevo microcentro ampliado solo habrá tránsito libre por las avenidas y en las calles regirá una estricta prohibición de estacionamiento. La autoridad de aplicación será la Secretaría de Transporte de la Ciudad de Buenos Aires.
Podrán circular libremente sin necesidad de permisos los vehículos de emergencias (como ambulancias o bomberos), los colectivos del transporte público de pasajeros urbanos y suburbanos, los transportes de escolares, las motos que realicen mensajería urbana o reparto de mercadería a domicilio, los taxis y los remises autorizados de la Ciudad.
Se considerarán usuarios exentos de pago del permiso de ingreso pero con obligación de registrarse en el Rebac los residentes en las calles de esas zonas que tengan cocheras propias o alquiladas, automotores de servicios públicos debidamente identificables, el transporte postal o bancario, servicios fúnebres, distribución de diarios, camiones de hormigón, auxilios mecánicos y móviles de radio o tv y los padres de escolares que concurran a establecimientos dentro del área.
Se considerarán Usuarios del Área Ambiental Buenos Aires Centro, con obligatoriedad de permiso de ingreso oneroso, a los propietarios o locatarios mensuales de cocheras, los remises no registrados en la Ciudad, los vehículos de turismo que operen en el centro, los autos de hoteles del área que cuenten con cocheras o dársenas de ascenso y descenso.
La Autoridad de Aplicación de será la Secretaría de Transporte, que creará el Registro Área Ambiental Buenos Aires Centro (REBAC) y determinará «la cantidad de permisos a otorgarse conforme los criterios de oportunidad, mérito y conveniencia». Se estableció en 2.500 la cantidad máxima de habilitaciones para remises.
La ley creó además la Comisión de Evaluación y Seguimiento de la implementación del Área Ambiental BA Centro, como instancia de participación activa, integrada por representantes de la Secretaría de Transporte y los actores sociales, económicos y gremiales involucrados. Las recomendaciones que emita no tendrán carácter vinculante.
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20 de diciembre de 2016 – ep – Fuente: Prensa y Difusión de la Legislatura de la CABA