El Certificado de Libre Deuda emitido por entidades sindicales para el autotransporte de cargas y solicitado por algunos dadores de carga “no es procedente o legal”, según aseguró la Asociación de Propietarios de Camiones de Mendoza (Aprocam) en un comunicado.
En el texto Aprocam informó “a sus asociados, comercio, industria, dadores de carga y público en general, referente a Certificados de Libre Deuda emitidos por entidades gremiales , y solicitados por algunos dadores de carga, que no es procedente o legal exigir a las empresas transportistas certificados de cualquier índole emitido por entidad sindical alguna”.
“La legislación actual no prevé ningún tipo de certificado emitido por entidades sindicales, para poder ejercer el derecho de trabajar en cualquier actividad lícita, por lo que hacerlo, viola las garantías constitucionales previstas en el Art. 14 de la Constitución Nacional”, agregó la entidad empresaria.
Finalmente, Aprocam -tal como hicieron otras cámaras del sector- recordó que pasado 14 de junio “la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación emitió el Dictamen Nº 2981 donde manifiesta que esta autorización para dar trabajo no es legal, por cuanto excede el marco normativo vigente”.